OFERTA DE GESTIÓN AMISTOSA Y JUDICIAL DE COBRO DE IMPAGADOS A LAS EMPRESAS Y AUTÓNOMOS REALIZADA POR EL BUFETE DE ABOGADOS DE DON JOSÉ GALLARDO ECHEVERRÍA.

 

A) GESTIÓN AMISTOSA DEL COBRO: Comprenderá todos los tramites inherentes a la negociación (correo, fax, teléfono, etc.).

    El 10% del importe efectivamente recuperado (coste mínimo a facturar: 50 euros).

 

B) RECLAMACIÓN JUDICIAL DE LA DEUDA: Cuando la reclamación amistosa resulte infructuosa, y siempre previo consentimiento del cliente, se procederá a la reclamación judicial, por la cual se abonarán los honorarios en base a los siguientes criterios:

 

•   Interposición de procedimiento monitorio cualquiera que sea la cantidad que se reclame

 Sin oposición de la parte deudora: 16% del importe recuperado (coste mínimo a facturar: 100 euros).

 Con oposición de la parte deudora (alegando haber pagado, prescripción, improcedencia, etc.): mínimo establecido por el baremo orientador del Ilustre Colegio de Abogados de Granada con un descuento de un 10%, más en su caso, gastos de desplazamiento.

 

 •   Interposición de cualquier otro procedimiento judicial: Cuando se reclamen letras de cambio, cheque o pagaré, o cuando no existan documentos que acrediten la deuda, o en caso de interposición de procedimiento judicial Verbal u Ordinario, los honorarios se corresponderán con el mínimo establecido en el baremo orientador del Ilustre Colegio de Abogados de Granada con un descuento de un 10%, más en su caso, gastos de desplazamiento.

 

 •   Ejecución de resoluciones recaídas en procedimientos judiciales: Cuando sea necesario instar el cumplimiento de las resoluciones judiciales recaídas (Sentencia, Auto…) con objeto de que se acuerden judicialmente embargos sobre el patrimonio del deudor, los honorarios se corresponderán con el mínimo establecido en el baremo orientador del Ilustre Colegio de Abogados de Granada con un descuento de un 10%, más en su caso, gastos de desplazamiento.

 

 •   Reclamaciones a Administraciones Publicas, los honorarios se corresponderán con el mínimo establecido en el baremo orientador del Ilustre Colegio de Abogados de Granada con un descuento de un 10%, más en su caso, gastos de desplazamiento.

 

Además, se ofrece la posibilidad de acordar el pago de una cuota mensual que abarque el coste de toda la reclamación de impagados de la empresa: cuota que se determinará previo presupuesto individualizo con cada cliente, y que le permite al empresario despreocuparse de todos los créditos no cobrados a su vencimiento. A partir de dicho momento podrán ser transferidos al bufete para iniciar la reclamación amistosa y posteriormente, de ser necesario, la judicial. La duración del acuerdo que se celebre tendrá carácter anual, renovándose automáticamente, salvo comunicación escrita en sentido contrario formulada por cualquiera de las partes con una antelación mínima de un mes a la fecha de finalización del acuerdo.

 

 

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